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EL CONSEJO REGIONAL DE CENTRO
DE LA PROVINCIA TIENE LOS SIGUIENTES PROPÓSITOS (extracto:
Reglamento)
A- Prestar asesoramiento y colaboración a las entidades
integrantes en el orden técnico, administrativo, contable,
económico y en general en todo lo que requiera el quehacer
cooperativo.
B- Realizar el estudio de problemas, gestiones y situaciones
de interés zonal y/o particular de algunas de las integrantes
y proponer medios o formas de encararlos y solucionarlos.
C- Coordinar la acción de las cooperativas en todo aquello
que resulte de interés común y conveniente al movimiento
cooperativo eléctrico y de servicios públicos
zonal.
D- Ejercer la representación de las entidades de la
región ante las autoridades y reparticiones vinculadas
a la actividad cooperativa zonal y realizar ante las
mismas todas las gestiones y tramites que sean pertinentes,
dentro de la orientación de política cooperativa establecida
por la federación y conforme al articulo 4º de este
reglamento. en caso de duda el órgano ejecutivo del
consejo regional de centro, consultara con el consejo
de administración de f.a.c.e., previamente a la gestión
a desarrollar.
E- Elaborar iniciativas, estudios y sugestiones que
se relacionen no solo con el ámbito zonal sino también
con problemas del movimiento cooperativo nacional y
presentarlos a la consideración del consejo de administración
de f.a.c.e.
F- Participar en las deliberaciones del consejo de administración
de f-a-c-e- , a cuyo efecto concurrirá un delegado que
tendrá voz en las sesiones respectivas.
G- Poner en conocimiento del consejo de administración
de f.a.c.e., problemas y dificultades internos de las
entidades adheridas o los que se presenten con sectores
y proponer medios de solución.
H- Asumir representación de f.a.c.e., cuando su consejo
le delegue o confíe alguna misión o actividad determinada.
I- Propiciar el mejoramiento de los servicios que prestan
las cooperativas de la región y su perfeccionamiento
administrativo a tal efecto a solicitud y en representación
de las cooperativas interesadas, el órgano ejecutivo
del consejo regional podrán contratar servicios técnicos
permanentes o temporarios, previa aprobación de los
contratos por las entidades que fueran atendidas.
J- Colaborar con las poblaciones de la zona para la
creación de cooperativas de electricidad y/o servicios
público.
K- Promover la extensión de la electrificación rural
mediante la acción coordinada de las cooperativas que
se hallen en condiciones de encararla. difundir la doctrina
y las realizaciones cooperativas por todos los medios
a su alcance. |
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